sábado, diciembre 20, 2025
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Reforma histórica: el fútbol ecuatoriano tendrá nuevo presidente en 2026 y abre paso a las SAD

El fútbol ecuatoriano entra en una etapa de cambios estructurales. Este viernes, la Asamblea Nacional aprobó la nueva Ley Orgánica del Deporte, una reforma que tendrá impacto directo en la organización del balompié nacional y, en especial, en la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF).

Con 84 votos a favor y 60 en contra, el Pleno dio luz verde a la normativa que, entre varios puntos clave, impide la reelección del actual presidente de la FEF, Francisco Egas, y abre oficialmente la puerta para la creación de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en el país.

Uno de los artículos más relevantes de la nueva ley es el artículo 133, que ratifica que el fútbol profesional se organizará bajo la FEF, respetando la legislación nacional, su estatuto aprobado y los reglamentos alineados con la normativa internacional de FIFA y CONMEBOL.

No obstante, el texto legal deja una aclaración determinante sobre los períodos dirigenciales. La reforma establece que la entrada en vigencia de la nueva ley no reinicia ni altera el cómputo de los mandatos ya ejercidos, por lo que no habilita nuevas reelecciones para quienes hayan cumplido los períodos permitidos bajo la normativa anterior.
“No se considerará como un nuevo ciclo o período el inicio de la vigencia de esta Ley, por lo que no habilita ni habilitará nuevas reelecciones a quienes ya hubieren ejercido los períodos permitidos”.

En consecuencia, Francisco Egas no podrá postularse nuevamente a la presidencia de la FEF, y su gestión concluirá en 2026, año en el que el fútbol ecuatoriano tendrá un nuevo mandatario al frente del organismo rector.

Otro de los puntos que marca un antes y un después es la aprobación de la figura de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), contemplada en el artículo 181 de la ley. A partir de ahora, los clubes ecuatorianos podrán transformarse en SAD, siempre que cumplan con requisitos específicos:

  1. Resolución expresa de la asamblea, de acuerdo con sus estatutos.
  2. Autorización del ente rector del deporte, previa verificación del cumplimiento de obligaciones legales y deportivas.
  3. Cumplir con los requisitos que establezca la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros en su normativa secundaria.

La ley también es clara en señalar que esta autorización podrá ser negada si el club mantiene deudas pendientes con jugadores, entrenadores u otras entidades del sistema deportivo, o si enfrenta procesos judiciales o administrativos que comprometan su estabilidad institucional.

Si bien la conversión a SAD no será obligatoria, quedará en manos de cada institución decidir si adopta este modelo de gestión, ampliamente utilizado en otros países de la región. Lo cierto es que la nueva Ley del Deporte marca un punto de inflexión en la estructura dirigencial y económica del fútbol ecuatoriano.

El fin de la reelección en la FEF y la llegada de las SAD abren un nuevo escenario, con desafíos y oportunidades, en un momento clave para el desarrollo del deporte más popular del país.

Naomi Miranda
Naomi Mirandahttp://www.pizarrasports.com/
Editora web del medio deportivo Pizarra Sports
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